Después de años de trabajo en Estados Unidos, muchas personas sueñan con retirarse cerca de su familia, en su pueblo o en un país donde el dinero rinda más. Es posible, pero conviene planearlo con tiempo: tu ciudadanía, el país que elijas y tu historial de trabajo determinan si sigues cobrando el Seguro Social, cómo te llegan los pagos y qué impuestos pagas.
¿Puedo cobrar el Seguro Social fuera de EE. UU.?
Para la Administración del Seguro Social (SSA), estás "fuera de EE. UU." cuando pasas al menos 30 días seguidos fuera de los 50 estados, el Distrito de Columbia, Puerto Rico, las Islas Vírgenes de EE. UU., Guam, las Islas Marianas del Norte o Samoa Americana. Mudarte a Puerto Rico, por ejemplo, no cuenta como irte del país.
Si eres ciudadano de EE. UU.
Según la SSA, puedes recibir tus pagos en el extranjero mientras sigas siendo elegible, con algunas excepciones:
- Cuba y Corea del Norte: la SSA no envía pagos mientras vivas allí. Se retienen, y puedes recibirlos cuando te mudes a un país donde sí se pueda pagar, si cumples los requisitos.
- Azerbaiyán, Belarús, Kazajistán, Kirguistán, Tayikistán, Turkmenistán, Ucrania y Uzbekistán: por lo general no se envían pagos, salvo que aceptes ciertas condiciones.
- Sanciones del Departamento del Tesoro también pueden afectar los pagos en otros lugares.
Si no eres ciudadano de EE. UU.
Aquí la regla general es más estricta: tus pagos se suspenden después de seis meses calendario fuera de EE. UU., salvo que aplique una excepción. Una vez suspendidos, solo se reanudan después de que pases un mes calendario completo en EE. UU., y la SSA puede pedirte prueba de que estás en el país legalmente.
Las excepciones más comunes dependen de tu ciudadanía. La SSA publica tres listas de países:
| Si eres ciudadano de… | Tus pagos siguen en el extranjero si… |
|---|---|
| Brasil, Chile, España, Uruguay y otros (lista completa en la SSA) | Eres ciudadano de ese país |
| México, Colombia, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Perú, Ecuador, Costa Rica, Panamá, Nicaragua, Bolivia, Argentina y otros | Cobras con tu propio historial de trabajo; si cobras como dependiente o sobreviviente, se aplican requisitos adicionales |
| Honduras, Haití y otros | Tienes al menos 40 créditos o viviste 10 años en EE. UU. (o cobras por un trabajador que cumple eso) |
Fuente: SSA, Publicación 05-10138 (abril de 2026). Las listas cambian, así que confirma tu caso.
Dependientes y sobrevivientes que no son ciudadanos. Si cobras como cónyuge, hijo o viudo de un trabajador, por lo general la SSA exige además que hayas vivido en EE. UU. al menos cinco años mientras tenías la relación familiar con ese trabajador. Hay excepciones, por ejemplo para ciudadanos de los países de la primera lista. Lee beneficios del Seguro Social para entender los beneficios de cónyuge.
Usa la herramienta oficial. La SSA tiene una herramienta de evaluación de pagos en el extranjero (Payments Abroad Screening Tool) en ssa.gov/international. Respondes unas preguntas sobre tu ciudadanía, el tipo de beneficio y el país, y te dice si tus pagos continuarán, si se suspenderán después de seis meses o si hay restricciones. Hazlo antes de mudarte.
Acuerdos de totalización: si trabajaste en dos países
Estados Unidos firmó acuerdos de totalización (totalization agreements) con varios países. Según la SSA, sirven para dos cosas:
- Evitar que pagues impuestos del Seguro Social en dos países por el mismo trabajo.
- Llenar huecos en tu protección si repartiste tu carrera entre EE. UU. y el otro país. Si no tienes suficientes créditos en EE. UU., la SSA puede sumar ("totalizar") tus periodos cotizados en el otro país para que califiques a un beneficio parcial, siempre que tengas al menos seis créditos (trimestres) en EE. UU.
En el mundo hispanohablante y lusófono, los acuerdos vigentes según la SSA incluyen España (desde 1988), Portugal (1989), Chile (2001), Brasil (2018) y Uruguay (2018). México no aparece en la lista de acuerdos vigentes de la SSA, ni otros países de Centroamérica y el Caribe hispano, así que para ellos la totalización no aplica: necesitas tus 40 créditos en EE. UU.
Si trabajaste en uno de esos países, pide información al sistema de seguridad social de allá y a la SSA. Cada país calcula y paga su propia parte.
Cómo recibir tus pagos en el extranjero
Según la SSA, tienes estas opciones:
- Depósito directo a una cuenta en EE. UU., sin importar dónde vivas. Mucha gente mantiene su cuenta en una cooperativa o banco de aquí y transfiere lo que necesita; compara costos en enviar dinero a otro país.
- Depósito directo internacional (international direct deposit) a una cuenta en tu país, si ese país tiene acuerdo de depósito directo con EE. UU. Pregunta a la SSA si tu país lo tiene.
- Tarjeta Direct Express, una tarjeta de débito para beneficios federales que no requiere cuenta bancaria.
- Cheque en papel, que tarda más y puede perderse.
Responde los cuestionarios. La SSA envía cuestionarios periódicos a muchas personas que viven fuera de EE. UU. para confirmar que siguen siendo elegibles. Si no lo devuelves, tus beneficios se suspenden. Mantén tu dirección actualizada y reporta cambios como matrimonio, divorcio o trabajo antes de tu edad plena de jubilación.

Impuestos
Si eres ciudadano o residente permanente (green card), sigues sujeto a impuestos de EE. UU. sobre tus beneficios, vivas donde vivas. Según la SSA, si declaras como soltero y tu ingreso combinado está entre $25,000 y $34,000, hasta 50% de tus beneficios puede ser gravable; por encima de $34,000, hasta 85%.
Si no eres ciudadano ni residente permanente, la SSA retiene por lo general un impuesto de 30% sobre 85% de tus beneficios, es decir, 25.5% de tu pago mensual, salvo que un tratado tributario entre EE. UU. y tu país diga otra cosa. La SSA tiene una herramienta para revisarlo (Alien Tax Screening Tool).
Tu nuevo país también puede cobrar impuestos sobre tus ingresos. Las reglas son complejas: consulta a un profesional de impuestos en ambos países antes de mudarte. Para dudas sobre tu declaración en EE. UU., lee ayuda gratuita para declarar impuestos.
Medicare fuera de EE. UU.
Este punto sorprende a muchas personas. Según la SSA, por lo general Medicare no cubre los servicios de salud que recibes fuera de EE. UU. Antes de mudarte, piensa en cómo pagarás tu atención médica allá: el sistema público del país, un seguro local o un seguro internacional.
Si decides no tener Medicare Parte B mientras vives fuera y te inscribes después, la prima mensual de la Parte B sube 10% por cada periodo de 12 meses en que pudiste inscribirte y no lo hiciste. La Parte A, en cambio, está disponible cuando regreses. Si piensas volver a EE. UU. en algún momento para atenderte, haz las cuentas antes de cancelar la Parte B. Lee también seguro médico y deudas médicas.
Tu 401(k) y tu IRA
Puedes mantener tus cuentas de retiro aunque te mudes. Algunas cosas a considerar:
- Los retiros antes de los 59½ años pagan, por lo general, impuestos de EE. UU. y una multa de 10%, salvo excepciones. Una de ellas, para el 401(k), es dejar tu empleo durante o después del año en que cumples 55. Lee cómo funciona el 401(k).
- Algunas instituciones financieras limitan las cuentas de personas que viven fuera del país. Pregunta antes de mudarte.
- Mantén una dirección y una cuenta en EE. UU. si te es posible, para recibir correspondencia y transferencias sin complicaciones.
Lista para antes de mudarte
- Revisa tu historial de ganancias en my Social Security y corrige errores mientras estás en EE. UU.
- Usa la herramienta de pagos en el extranjero de la SSA con tu ciudadanía y país de destino.
- Si trabajaste en un país con acuerdo, reúne tus constancias de cotización de allá.
- Decide cómo recibirás los pagos y prueba que funcionan.
- Planea tu seguro médico y decide qué hacer con Medicare Parte B.
- Consulta a un profesional de impuestos que conozca los dos países.
- Guarda los contactos de la SSA para personas fuera de EE. UU., que incluyen la unidad de beneficios federales (Federal Benefits Unit) de algunas embajadas.
Preguntas frecuentes
Soy residente permanente y quiero retirarme en México. ¿Sigo cobrando el Seguro Social?
Según las listas de la SSA, los ciudadanos mexicanos que cobran con su propio historial de trabajo pueden seguir recibiendo sus pagos fuera de EE. UU. Si cobras como dependiente o sobreviviente, hay requisitos adicionales. Confirma tu caso con la herramienta de la SSA. Ten en cuenta que vivir mucho tiempo fuera puede afectar tu residencia permanente: consulta a un abogado de inmigración acreditado.
¿Puedo cobrar el Seguro Social si vivo en Cuba?
La SSA no envía pagos a personas que viven en Cuba. Los pagos se retienen, y se pueden recibir si te mudas a un país donde la SSA sí pague, siempre que cumplas los requisitos.
¿Los años que trabajé en mi país cuentan para el Seguro Social de EE. UU.?
Solo si tu país tiene un acuerdo de totalización vigente con EE. UU., como España, Portugal, Chile, Brasil o Uruguay, y tienes al menos seis créditos en EE. UU. Con México y la mayoría de los países de América Latina no hay acuerdo vigente.
¿Medicare me cubre si me enfermo en mi país?
Por lo general, no. Según la SSA, Medicare por lo general no cubre la atención que recibes fuera de EE. UU. Planea otro seguro para el país donde vivas.
¿Dónde pido ayuda si ya vivo fuera?
La SSA tiene una página de contactos para servicios fuera de EE. UU., y algunas embajadas tienen una unidad de beneficios federales. Evita intermediarios que cobren por trámites que la SSA hace gratis.
Fuentes
- Administración del Seguro Social (SSA), "Sus pagos mientras está fuera de los EE. UU." (Publicación 05-10138, abril de 2026). ssa.gov
- Social Security Administration (SSA), "Payments Abroad Screening Tool". ssa.gov
- Social Security Administration (SSA), "U.S. International Social Security Agreements". ssa.gov
- Social Security Administration (SSA), "Can I use direct deposit if I live outside the United States?". ssa.gov
- Administración del Seguro Social (SSA), "Beneficios por jubilación 2026" (Publicación 05-10935). ssa.gov
- Internal Revenue Service (IRS), "Retirement topics - Exceptions to tax on early distributions". irs.gov
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